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Perros de Servicio en mi B&B

P: Vivo y tengo una casa de huéspedes que tiene cuatro habitaciones. ¿Tengo que permitir que los animales de servicio o los animales de apoyo emocional se queden?

R: No. La definición en la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) de una adaptación pública no incluye un alojamiento con cinco habitaciones o menos que esté ocupado por el propietario como residencia principal. Su casa de huéspedes estaría excluida de la cobertura bajo el Título III de la ADA. Sinya no vive en la casa de huéspedes o si agrega dos habitaciones adicionales para ofrecer seis habitaciones a los huéspedes, entonces tendría que permitir que los animales de servicio se quedaran.

Para obtener más información sobre los animales de servicio en las empresas, consulte el  sitio en la internet  Animales de Servicio en Espacios Públicos.


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