Acceso a los programas

En el contexto del Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), acceso al programa es un término técnico. Generalmente, el acceso a los programas significa que una persona con discapacidad puede participar en cualquier programa o servicio ofrecido por una entidad pública, siempre y cuando haya alguna manera razonable de hacer que suceda. Una manera razonable sería mover una clase, reunión, u otra actividad ofrecida a un lugar accesible, de ser necesario. (Este tipo de acceso es diferente al requerido por la Ley ADA en el Título III para las empresas).


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